El INE aprobó hoy el catálogo de sanciones para los aspirantes a cargos en el Poder Judicial. Estas reglas pasarán al pleno del Consejo General del INE, la próximas semana.
En la Comisión de Quejas y Denuncias, que encabeza Rita Bell y que integran el consejero Arturo Castillo Loza y Claudia Zavala Pérez, se dió luz verde al catálogo de sanciones.
Las infracciones van desde actos anticipados de campaña, proselitismo, usar programas sociales con fines electorales, incurrir en propaganda calumniosa, emitir propaganda en papel no reciclable y otras.
Se dejó en claro, que servidores públicos, partidos, dirigentes, militantes, personas físicas o jurídicas y concesionarios de Radio y TV no podrán promover a aspirantes a un cargo en el Poder Judicial.
El catálogo de infracciones para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 será presentado para su aprobación ante el Consejo General del INE la semana entrante.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó por unanimidad de votos presentar ante el Consejo General el Catálogo de infracciones y las reglas procesales y de actuación en el trámite de procedimientos sancionadores a cargo de la Secretaría Ejecutiva, por conducto de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), y los órganos desconcentrados del Instituto para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.
El documento, que es el resultado de mesas de trabajo con la UTCE y consejerías con el objetivo de promover la equidad y la transparencia de este proceso electoral histórico, son medidas que no sólo responden a las exigencias de la reforma constitucional, sino que fortalecen la transparencia y la eficacia en las funciones, señaló la Consejera Rita Bell López Vences.
De acuerdo con el catálogo, que hoy viernes se aprobó en el INE, constituirán infracciones de candidato a juzgadores los actos de campaña antes del periodo establecido por la ley para tal efecto, que será el 30 de marzo, el inicio, la difusión de propaganda electoral impresa en material distinto al papel que no sea reciclable, biodegradable o contenga sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente, será sancionado. También está prohibido la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en radio y televisión; la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en cualquier medio para promocionar su candidatura, incluyendo espacios físicos, impresos o digitales.
Se destaca, que los concesionarios de Radio y TV deberán respetar las reglas en el proceso de la elección judicial, para no romper la equidad y en caso contrario serán sancionados.
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